sábado, 5 de mayo de 2007

LA ASOCIACION DE VECINOS sigue defendiendo a LA PLATAFORMA

Adjuntamos el RECURSO de REPOSICION ante la Directora de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid (carta enviada el 1/05/2007).

Excma.Señora Directora de la APDCM:

Agradezco a su Ilmo. Sr. Troncoso, en nombre de la Asociación de Vecinos de Sevilla La Nueva (constituida el pasado 8.02.07 a partir de La Plataforma de Defensa del A.Potable http://plataformaagua.blogspot.com respaldada en este Municipio por mas de 1.000 firmas de convecinos - mayoría electoral - con ocasión de la caótica implantación del presunto ilegal Convenio de Gestión del A.Potable suscrito, con ocultismo al ciudadano, entre el actual Gobierno Local y Canal de Isabel II), su tardía y helicoide RESOLUCIÓN, aportando una cobarde Propuesta de Archivar nuestras denuncias ante esa APDCM, lo que denota su inoperancia (ya sospechada dada su dependencia política) defendiéndonos ante los abusos de los Gobiernos Regional y Local de turno.

Lamento, también en nombre de la Asociación de Vecinos de Sevilla La Nueva, que su Ilmo.Señor pretenda haber al fin encontrado con retraso injustificado, en su alambrada RESOLUCIÓN, habilitación legal para la cesión de datos personales, (sin el menor aviso a los afectados), por el Excmo. Ayto al Canal YII (contratista del Ayto), para que este preste un servicio de agua sustancialmente diferente y sin conocimiento de los ciudadanos. Dicta su RESOLUCIÓN, sin justificar el menor análisis técnico-económico de los falaces hechos escritos facilitados por el Ayto y el Canal YII y con erróneas apreciaciones legales acerca de ellos:

•El Canal YII, no es Admón. Pública: Es una Empresa Contratista gestora técnico comercial del Ayto (s/Convenio 29.03.2006). Este Convenio mercantil (en el BOCM 21.04.2006), no prevé cesión alguna de datos personales, menos sin el previo consentimiento de los ciudadanos y mucho menos que con desconocimiento de los afectados pasen a ser sujetos pasivos de un servicio radicalmente diferente.

•El Canal YII, es Empresa Mercantil: Con este carácter tiene establecidas (s/D2922/75) sus relaciones contractuales con sus Clientes. Incl.D137/85 artº 14 precisa: “5. Cuando el Canal de Isabel II gestione el servicio de distribución, realizará la facturación a los abonados, debiéndose proceder previamente a la formalización de los nuevos contratos con el Canal de Isabel II, de acuerdo con la legislación vigente en la materia”.

•La Legislación regional (faculta al Canal de casi-monopolio gestor regional de agua) es de rango menor que la Estatal Ley Orgánica Protección Datos 15/99. Aquella nunca será “norma con rango de Ley (que exige la Constitución) que establezca y regule las situaciones concretas que la cesión de datos podrá tener lugar sin necesidad del consentimiento de los afectados”.

•La Legislación regional (madriguera legal Pre-UE del Canal para sus abusos) es de rango menor que la Estatal Ley de Industria 21/92. Esta ya post-UE, exige Autorización Administrativa Ministerial previa a publicar el suso Convenio en BOCM, dadas las sustanciosas (para el Canal YII) modificaciones del servicio de agua potable.

•Dichas modificaciones del Servicio, onerosas para las arcas municipales y los ciudadanos, consisten, por ejemplo:

1. El Canal facturó a los Abonados en 4ºBimestre.2006 servicios que no realizó. Por ej.No leyó contadores al 1Julio.06

2. El Canal factura en 4ºBimestre.2006 agua de los pozos municipales o aducida por Ayto durante el 1ºSem.06

3. El Canal factura Bimestral, (sin advertir a los Abonados habituados por el Ayto a sus facturas Semestrales), pudiendo hacerlo Semestral, según su propia reglamentación regional. Penaliza así ilegítimamente con tarifas disuasorias a ficticios suministros Bimestrales, que realmente se consumieron al Ayto en semestres precedentes.

4. El Canal factura por Aducción y Distribución por Red municipal cantidades manifiestamente abusivas, habida cuenta de que el agua procede de los acuíferos municipales, que la Red es del Ayto y que el Mantenimiento Correctivo se cargará íntegramente a los Abonados.

Queda a.d. de su Excma.Señora para mayor aclaración o precisiones, preguntándome a quién y de qué protege esa APDCM, si como les tengo probado el Ayto facilitó al Canal mis datos al Canal erróneamente, en lugar de los de mi Casera verdadera titular del servicio del Ayto, Uds ignoran los perjuicios causados con ello por los responsables del Gobierno Mnpal y manteniéndome incluso desinformado, atentamente,

P.D. A requerimiento de LA PLATAFORMA DE DEFENSA DEL A.POTABLE DE SEVILLA LA NUEVA (Madrid):
Éste escrito, con sus antecedentes, se incorporan al Expediente de Estudio promovido recientemente por la misma (respaldada por mas de mil firmas de vecinos) ante el Excmo. Sr. DEFENSOR DEL PUEBLO.

1 comentario:

Anónimo dijo...

La Directora de la APDCM, como su nombre indica, estará sometida al dictado de los políticos al mando de la CM a quienes hemos reelegido...NADA TENEIS QUE HACER si no acudis a la APC Nacional.